| MEP exime a padres de familia de presentar constancia de nacimiento |
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| Escrito por Luis Miguel Herrera Castro |
| Jueves 29 de Julio de 2010 21:51 |
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Los padres de familia no deben presentar constancia de nacimiento de los menores en las matriculas.
De esta manera, los interesados tendrán que retirar la boleta de matrícula en las direcciones de los centros educativos del país los días martes 3 y miércoles 4 de agosto y los días jueves 5 y viernes 6 de agosto entregarlas debidamente llenas. Lo anterior se debe a un convenio entre el MEP y el Tribunal Supremo de Elecciones, donde desde el año pasado los centros educativos tienen la posibilidad de verificar la edad del niño o niña por medio de una aplicación informática, la cual se actualiza cada año.
Obligatorio
Además, el Consejo Superior de Educación dispuso desde el año pasado que “en los casos de Educación Preescolar y del primer año del Primer Ciclo de la Educación General Básica, la matrícula requerirá de un documento probatorio oficial que demuestre la edad del estudiante”. Asimismo, una vez se cuente con el documento probatorio oficial, deberá presentar Declaración Jurada, tal declaración se tendrá como indicio, únicamente a efecto de verificar la edad mínima de ingreso establecida para los niveles indicados en el artículo 11 de este reglamento. Cabe recordar que la edad mínima para ingresar a ciclo materno infantil, grupo Interactivo II de la Educación Preescolar es de 4 años y 3 meses cumplidos al 15 de febrero del curso lectivo en que se desea matricular. Para primer grado la edad mínima es de seis años y tres meses. |


