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El respeto a la Constitución Imprimir Correo electrónico
Escrito por Dr. Eliseo Valverde Monge   
Lunes 12 de Octubre de 2009 07:43

Eliseo ValverdeHace unos días, en la Asamblea Legislativa, un grupo de diputados se encontraba empeñado en hacer cambios a nuestra Constitución. Para ello, contaban con el apoyo del gobierno, pues así lo manifestó públicamente el Presidente de la República. Querían modificar los artículos 75 y 194 de la Constitución Política de la República de Costa Rica, actualmente vigente, aprobada por la Asamblea Nacional Constituyente el día 7 de Noviembre de 1949: resulta importante transcribir ambos artículos, los que a la letra dicen: “Artículo 75. La religión Católica, Apostólica, Romana, es del Estado, el cual contribuye a su mantenimiento, sin impedir el libre ejercicio en la República de otros cultos que no se opongan a la moral universal ni a las buenas costumbres”.

 

“Artículo 194. El juramento que deben prestar los funcionarios públicos, según lo dispuesto en el artículo 11 de esta Constitución, es el siguiente: “¿Juráis a Dios y prometéis a la Patria, observar y defender la Constitución y las leyes de la República, y cumplir fielmente los deberes de vuestro destino? Sí, juro. Si así lo hiciereis, Dios os ayude, y si no Él y la Patria os lo demanden”.

En relación con las indicadas normas constitucionales, hay un movimiento en la Asamblea Legislativa que encabezan dos diputadas, una historiadora y la otra miembro de un partido político “social cristiano” que busca transformar el Estado costarricense en un Estado Laico, y no confesional como rige actualmente. También les preocupa que el juramento constitucional mencione la palabra de Dios. Ahora, alegando que estamos en campaña política, han desistido de la idea pero, en el futuro, no lo sabemos. Argumentan que el Estado es un ente público que como tal no puede tener religión alguna, y que otros Estados con contadas excepciones como el Estado del Vaticano, y algunos países islámicos, ese tipo de norma ha sido abolida de acuerdo con la corriente liberal del pensamiento y en resguardo de los derechos humanos.

En todo caso, poco a poco el proyecto que tuvo el apoyo de un grupo respetable de diputados, con el correr de los días, conforme se fue ahondando en el tema, ese respaldo mermó, cuando varios de ellos retiraron el apoyo. Argumentaron no haber estudiado detenidamente el tema.

Lo cierto del caso es que en el fondo lo que trataban era quitarle a la Iglesia Católica costarricense la ayuda del Estado, y por supuesto, negarle la posibilidad de llevar el mensaje de la Iglesia a las aulas de escuelas y colegios, si bien esas lecciones especiales no obligan a todos los alumnos a escribirlas, respetándose sus creencias religiosas y el culto que puedan profesar conforme lo manda la Constitución. También les preocupó que el Estado le brinde a la Iglesia Católica una ayuda económica.

Frente a todos esos reparos, creyendo interpretar el pensamiento de un nutrido número de costarricenses que profesan la fe Católica, buscando el origen de esas normas constitucionales, me atrevo a señalar que muy probablemente los constituyentes sintieron la necesidad y si se quiere la obligación de darle un trato preferencial a la Iglesia Católica, en primer lugar, por constituir los costarricenses mayoritariamente un pueblo seguidor de dicha Iglesia y de sus enseñanzas, y en segundo lugar, por cuanto por una razón de justicia, se quiso premiar a la Iglesia después de que Monseñor Víctor Manuel Sanabria, al lado del doctor Rafael Ángel Calderón Guardia y el Lic. Manuel Mora Valverde lograron que se establecieran en Costa Rica las garantías sociales e individuales que señala precisamente esa Constitución.

Desde luego que, siendo un pueblo agradecido, que disfruta de esas conquistas sociales desde hace tantos años, mal podría olvidar la vital intervención de Monseñor Sanabria en el logro de las mismas, de no ser que tuvieran una flaca memoria.

No encuentro, por otra parte, que el Estado en su condición de entidad política no pueda tener una religión. Ciertamente es una entidad intangible como puede serlo una sociedad mercantil, una asociación, una fundación, y hasta un centro de enseñanza educativa, que se declaran seguidores de la religión católica o de cualquier otra. Así nos encontramos con el Colegio Metodista, con el Hospital Clínica Bíblica, y así habrá muchos otros ejemplos. En el fundo lo que buscaron en ese momento los promotores de la reforma no fue precisamente que tengamos un Estado Laico. Más bien lo que pretendieron fue negarle la ayuda económica a la Iglesia Católica, que la milésima parte de los impuestos no sirvan para brindarle esa ayuda, que no se impartan lecciones religiosas en los colegios y escuelas publicas, como si la labor de la Iglesia Católica por tantos años no hubiese estado encaminada a velar por la moral y las buenas costumbres de este país. Desde luego que habrá otras religiones y otros cultos, que la actual Constitución respeta, y los creyentes tienen plena libertad de escogerlas.

En cuanto al juramento constitucional, la invocación o mención de Dios como ser supremo, no está violando los derechos humanos. Desde luego que podrán existir ateos que consideran que tienen su origen de la nada, y que en este mundo solo puede existir lo material, pero precisamente nuestra Constitución Política está velando por la moral y las buenas costumbres, y no creo que una persona que va a ejercer funciones públicas niegue la existencia de Dios y con este antecedente pueda ser digno representante de los costarricenses. Nuestros abuelos decían: “de la víspera se saca el santo”. Esos diputados y altos funcionarios que hicieron el juramento constitucional, mal podrían ahora o en futuro, excluir a Dios de nuestra Carta Magna.

Última actualización el Lunes 12 de Octubre de 2009 07:43
 
Author of this article: Dr. Eliseo Valverde Monge

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